Devolucion Automatica en la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta
Hasta la presentación de las Declaraciones Anuales del 2015 se podía solicitar saldo a favor en su declaración anual con un importe igual o mayor a diez mil pesos (diez mil Pesos 00/100 M.N) con la Fiel o e.firma.
Para 2017 se modificó la Regla2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, que aumenta el importe diez mil pesos (diez mil Pesos 00/100 M.N) hasta cincuenta mil pesos (Cincuenta mil Pesos 00/100 M.N) para enviarla con contraseña.
Saldos a favor del ISR de personas físicas
Las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal inmediato anterior, mediante el formato electrónico correspondiente y determinen saldo a favor del ISR, podrán optar por solicitar a las autoridades fiscales la devolución o efectuar la compensación de dicho saldo a favor, marcando el recuadro respectivo, para considerarse dentro del proceso de devoluciones automáticas.
Requisitos para Devolución Automática con Contraseña
Los contribuyentes podrán utilizar la Contraseña para presentar la declaración del ejercicio inmediato anterior, cumpliendo los siguientes requisitos:
· El contribuyente debe tener una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE,
· La cuenta deberá estar a nombre del contribuyente como titular,
· La cuenta debe estar precargada por la autoridad fiscal en el aplicativo para presentar la declaración anual.
De no seleccionar alguna cuenta o capturar una distinta de las precargadas, deberá presentar la citada declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
Es necesario mencionar que las cuenta precargadas son datos que se capturaron en Declaraciones Anuales presentadas de ejercicios anteriores y que dieron origen un saldo a favor.
No podrán acogerse a la facilidad “Devoluciones Automáticas”, las personas físicas que:
· Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
· Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año inmediato anterior.
Conclusiones
· Si tu saldo a favor no excede los diez mil pesos (diez mil Pesos 00/100 M.N) puedes solicitarla con la contraseña.
· Si tu saldo a favor es mayor a diez mil pesos (diez mil Pesos 00/100 M.N) hasta cincuenta mil pesos (Cincuenta mil Pesos 00/100 M.N) y cumples con los requisitos previstos, tu solicitud puede ser validado con la contraseña.
· Las personas físicas que por primera vez presentan su declaración anual y obtienen un saldo a favor, mayor a diez mil pesos (diez mil Pesos 00/100 M.N) hasta cincuenta mil pesos (Cincuenta mil Pesos 00/100 M.N) será necesario fírmala con la e.firma o e.firma portable.